Por norma, todo edificio debe contener vías de evacuación, una correcta señalización contra incendios y un buen plan de emergencia. Las personas que se encuentran en medio de un incendio deben seguir un protocolo de seguridad, una rápida y ordenada evacuación del edificio y saber utilizar sistemas de extinción portátiles o BIES.

Para que todo esto tenga éxito, todos los elementos que componen este cuadro (extintores, señales de alarma, BIES, salidas de emergencia... ), deben estar claramente señalizados para que su detección sea rápida y se pueda actuar con presteza y eficacia. Ya sabéis que en un incendio los primeros minutos son cruciales, tanto en la evacuación como en la extinción. Así pues ahí entran en juego la señalización contra incendios.


¿Qué son las señales contra incendios?

Las señales contra incendios son un conjunto de carteles, normalmente de PVC y fotoluminiscentes,  que se ubican en puntos claves y visibles para señalar extintores, BIES, sirenas, pulsadores de alarma, salidas de emergencia y otros elementos si se produce un incendio. La función de las señales contra incendios es básicamente informar e indicar de la manera más clara posible donde se ubican los equipos contra incendios, dónde están las vías de evacuación y el camino a seguir.

Cuando se propaga un incendio es fundamental saber actuar adecuadamente para preservar la vida. Es sumamente importante que estas señales contra incendios estén ubicadas en lugares estratégicos de rápida y fácil localización. 

Según exigencias del Código Técnico de la Edificación, la señalización de estos elementos de lucha contra incendios, las vías de evacuación y salidas de emergencia deben cumplir las Normas UNE obligatorias en todo el país. Estas normas aplican a la señalización contra incendios una serie de reglas de instalación, medidas, tipos, distinción, colores, formas y significados para un uso más eficaz de las mismas.

Existen muchos tipos de señales contra incendios, unas indican donde se ubican y como se utilizan los medios manuales de extinción y otras, en cambio, indican las salidas de emergencia y los recorridos de evacuación. Te hemos separado ambos tipos y te hemos buscado un cartel de cada modelo. Todos los que te recomendamos cumplen con la Normativa. Te lo ponemos fácil, oye.


Señalización de sistemas de protección contra incendios | Extintor, BIE, Pulsador...

Las señales de seguridad utilizadas para la señalización de sistemas de protección contra incendios son de color rojo y blanco y su forma es cuadrada o rectangular.

Junto a las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error en la evacuación debe disponerse la señal con el rótulo SIN SALIDA, en lugar fácilmente visible pero en ningún caso sobre las hojas de las puertas 

Os dejamos señales para distancias de menos de 10 metros, que es la más común. Os hemos escogido una de cada tipo, certificadas por AENOR conforme a la normativa vigente y con un precio muy ajustado.


Señalización de emergencia y evacuación

Las señales de emergencia serán de color verde, rectangular y estarán definidas en la norma UNE 23034:1988. A continuación tenéis una explicación detallada:

Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo SALIDA, excepto en edificios de uso residencial, viviendas y en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m.², sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén familiarizados con el edificio.

La señal con el rótulo SALIDA DE EMERGENCIA debe utilizarse en toda salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia.

Aquí os dejamos un modelo de cada uno.

La normativa sigue de la siguiente forma:

Deben disponerse señales indicativas de dirección de los recorridos, visibles desde todo origen de evacuación desde el que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas y, en particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor que 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo.

En los puntos de los recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, también se dispondrán las señales antes citadas, de forma que quede claramente indicada la alternativa correcta. Tal es el caso de determinados cruces o bifurcaciones de pasillos, así como de aquellas escaleras que, en la planta de salida del edificio, continúen su trazado hacia plantas más bajas, etc.


Señalización de emergencia y evacuación Normativa general

Con la entrada en vigor del nuevo RIPCI (RD 513/2017) se habilita a las empresas instaladoras y mantenedoras de PCI a la instalación y mantenimiento de las señales fotoluminiscentes. Este reglamento, aprobado el 22 de mayo del 2017 y publicado en el BOE el 12 de junio, entró en vigor en diciembre de 2018, obligando a partir de entonces a que todas las señales instaladas desde esa fecha deben cumplir lo indicado en este reglamento.

Según se recoge en él, las señales fotoluminiscentes deben ser revisadas anualmente. A su vez se establece una periodicidad de 10 años de caducidad. Las que no cumplan con sus propiedades fotolumiscentes o estén caducadas deberán ser retiradas de inmediato.

RESUMIENDO LA NORMATIVA (ACTUALIZADO 2019)

Lo primero en lo que debemos fijarnos es en si los pictogramas son los que están homologados actualmente. Esto se puede comprobar en la norma  UNE-EN ISO 7010:2012/A7:2017, que hace referencia a los símbolos gráficos, colores y señales de seguridad. Por otro lado tenemos también la norma UNE 23035-4:2003 , que hace referencia a la seguridad contra incendios, la señalización fotoluminiscente (parte IV), condiciones generales, mediciones y su clasificación.

Las señales fotoluminiscentes en el grabado deben llevar identificadas lo siguiente:

Normas de referencia. Deben figurar grabadas en las propias señales la Norma UNE EN 23035-4 (que hace referencia a su denominación, fabricante, clase A o B, calificación y características de los ensayos de luminiscencia, cámara salina, radioactividad, ausencia de fósforo y plomo así como material soporte auto extinguible). Si es posible también irá grabada la UNE EN ISO 7010.

A su vez, las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo del suministro de luz. Los valores mínimos de luminiscencia que ha de llevar una señal son los indicados a continuación:

CLASE A

10 MINUTOS -> 210 milicandelas

60 MINUTOS -> 29 milicandelas

MINUTOS DE ATENUACIÓN -> 3000 minutos

CLASE B

10 MINUTOS -> 40 milicandelas

60 MINUTOS -> 5.6 milicandelas

MINUTOS DE ATENUACIÓN -> 800 minutos

También se ha de disponer de un programa de mantenimiento con revisión anual por parte de empresas autorizadas. En el se realizara una comprobación visual de la existencia, ubicación, limpieza, legibilidad e iluminación, así como verificación de los elementos de fijación a las paredes.

En cuanto a su tamaño, en el Código Técnico de Edificación CTE 2006 se define el tamaño mínimo que deben llevar las señales de extinción según su distancia máxima de visión. Importante tener en cuenta que la normativa solo se refieren a los pictogramas, no a los textos, por lo que si la señal lleva texto, el tamaño de la misma debe ser mayor. Aquí os dejamos lo que dice exactamente la normativa al respecto:

Los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio, hidrantes exteriores, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se deben señalizar mediante señales definidas en la norma UNE 23034 cuyo tamaño mínimo sea:
  • 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m.
  • 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m.
  • 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m.

Las señales no son validas si no disponen del mes y año de fabricación grabadas en las mismas, al igual que nos es valido que parezca solo el año o solo el mes.

Cuando las mismas sean fotoluminiscentes, deben cumplir lo establecido en las normas UNE 23035-1:2003, UNE 23035-2:2003 y UNE 23035-4:2003 y su mantenimiento se realizará conforme a lo establecido en la norma UNE 23035-3:2003.

En caso de discrepancia con la Norma UNE 23033/1:1981 prevalecerá la Norma UNE EN ISO 7010:2012.


Si te interesa el tema de la Normativa contra incendios te dejamos dos links a los apartados que hablan sobre este tema (aplicados a extintores y BIES). Es un tema farragoso pero en estos posts intentamos explicártelo de la forma más clara posible.


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